Política de participación social


La Política de Participación Social en Salud (PPSS) Resolución 2063 de 2017 es un esfuerzo del Ministerio de Salud y Protección Social para dar cumplimiento al mandato legal de direccionar y garantizar la participación social en el sector salud en el marco de la Ley 1438 de 2011, la Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015 y la Ley Estatuaria de Participación 1757 de 2015.

El laboratorio se compromete a estimular espacios de participación social que se requieran para promover la participación de la ciudadanía en el cumplimiento de los objetivos de la Política de Participación Social en Salud (PPSS), en el marco de la normatividad vigente, con fines de satisfacer las necesidades de una sociedad. Por tal motivo se comparte la Resolución N°2063 de 2017 por medio de la cual se implementó la Política de Participación Social en Salud (PPSS).

Espacios de Participación Social

Buzones de Sugerencia y Líder de Atención al Cliente

Se encuentra ubicado en la recepción con el objetivo de identificar las necesidades y expectativas y retroalimenta los procesos para que se lleven a cabo acciones correctivas, preventivas o de mejora que conlleven a la calidad en la prestación de los servicios de salud.

Horario de atención: lunes a viernes de 6:30 a.m. a 5:00 p.m. y los sábados de 6:30 a.m. a 2:00 p.m.

Teléfono Fijo: 602 4885050

Teléfono Celular: 312 8290812 – WhatsApp 311 3530600

Satisfacción del Usuario – Encuesta de Satisfacción

La satisfacción de los usuarios es importante para nosotros, la encuesta de satisfacción es voluntaria y hace parte de nuestra estrategia de mejoramiento continuo en beneficio del paciente y su familia. Le invitamos a diligenciar la encuesta de satisfacción en el servicio donde fue atendido.

Comité de Ética Hospitalaria

Sus principales funciones son: programas de promoción y prevención en el cuidado de la salud, divulgar los derechos y deberes en salud, velar porque se cumplan de forma ágil y oportuna, proponiendo medidas que mejoren la oportunidad, la calidad técnica y humana de los servicios de salud.

Asociación de Usuarios

Espacio de carácter Institucional cuyo objetivo es agrupar a las personas afiliadas al Régimen Contributivo Subsidiado y Vinculadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud(SGSSS), que utilizan los servicios del laboratorio, para velar por los derechos que tienen los usuarios de disfrutar de servicios de buena calidad, con oportunidad y un trato digno, y canalizar las sugerencias, inquietudes y reclamos de los usuarios para mejorar la eficiencia y eficacia de los servicios de salud y la satisfacción de los usuarios.

Derechos

1.Derecho a la atención médica de buena calidad.

2.Derecho a la libertad de elección.

3.Derecho a la autodeterminación.

4.Derecho a recibir un trato digno.

5.Derecho a la información.

6.Derecho a la confidencialidad.

7.Derecho a recibir un trato cordial y amable.

8.Derecho a recibir información sobre los costos a pagar.

9.Derecho a la educación sobre la salud.

10.Derecho a expresar sus inconformidades.

(PPSS).

Deberes

1.Informarse sobre las condiciones requeridas por el laboratorio para realización de las pruebas.

2.Presentar documento de identificación cada que utilice los servicios y actualizar sus datos personales cada que se presenten modificaciones.

3.Proporcionar información veraz y oportuna sobre las condiciones en las que se encuentra.

4.Conocer las limitaciones inherentes al laboratorio, ya que las pruebas hacen parte de un estudio medico claramente definido en el ciclo de calidad de una prueba al laboratorio.

5.Contribuir con la cultura de seguridad.

6.Informar cualquier sugerencia u oportunidad de mejora que observe en la institución en cuanto a la presentación del servicio.

7.Contribuir al cumplimiento de las condiciones medioambientales y de bioseguridad.

8.Reclamar y llevar a su médico oportunamente los resultados.

9.Conocer y exigir que sus derechos y deberes se cumplan.